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El acoso de los acreedores

La Feria de Prácticas de Cobro de Deudas (FDCPA) es una ley que regula la práctica y las técnicas de cobradores de deudas. El FDCP restringe a los acreedores de la deuda hablando de usted a terceros, de acoso en el trabajo, utilizando un lenguaje vulgar o amenazando con enviar a la cárcel.

Título 15 Capítulo 41 1692d Acoso por parte de los acreedores

Un cobrador de deudas no pueden participar en cualquier conducta por la cual la consecuencia natural de la que es hostigar, presionar o abusar de cualquier persona en relación con el cobro de una deuda. Sin limitar la aplicación general de lo anterior, la siguiente conducta es una violación de esta sección:

1. El uso o la amenaza de violencia u otros medios ilícitos para perjudicar a la persona física, la reputación o la propiedad de cualquier persona.
2. el uso de lenguaje obsceno o profano, o lenguaje de la consecuencia natural de que es el abuso del oyente o lector.
3. La publicación de una lista de consumidores que se niegan a pagar las deudas, salvo en una agencia de información o para personas que cumplan los requisitos de la sección 1681a (f) y 1681B de este título.
4. La publicidad para la venta de la deuda para obligar el pago de la deuda.
5. Causando un teléfono para llamar o realizar cualquier persona en la conversación telefónica repetida o continuamente con la intención de molestar, abusar o acosar a cualquier persona en el número llamado.
6. Salvo lo dispuesto en el artículo 1692b de este título, la colocación de las llamadas telefónicas sin la revelación significativa de la identidad del llamante.

15 USC § 1692e falsa o engañosa representación

Un cobrador de deudas no puede utilizar cualquier representación falsa, engañosa o inducir a error o medios en relación con el cobro de cualquier deuda. Sin limitar la aplicación general de lo anterior, la siguiente conducta es una violación de esta sección:

  • 1. La representación falsa o implicación de que el cobrador de deuda está avalada, en régimen de servidumbre o no vinculados a los Estados Unidos o cualquier Estado, incluido el uso de cualquier tarjeta de identificación, uniforme o facsímil de la misma.
  • 2. de la representación falsa de la
    • a. carácter, la cantidad, o la condición jurídica de cualquier deuda o
    • b. cualquiera de los servicios prestados o de compensación que podrá ser legalmente recibida por cualquier cobrador de deudas para el cobro de una deuda
    • c. que toda persona es un abogado o que cualquier comunicación es de un abogado.
    • d. La representación o la implicación de que la falta de pago de la deuda dará lugar a la detención o el encarcelamiento o la incautación, embargo, embargo o venta de cualquier propiedad o salarios de cualquier persona a menos que dicha acción es legal y el cobrador de deudas o de los acreedores se propone tal acción
    • e. La amenaza de ejercer cualquier acción que, legalmente, no se pueden tomar o que no está destinado a ser adoptado
    • f. La representación falsa o implicación de que una venta, remisión o de otras transferencias de cualquier interés en una deuda hará que el consumidor
    • i. Perder cualquier reclamación o de defensa para el pago de la deuda, o
    • II. A ser objeto de las prácticas prohibidas por el presente subcapítulo.
    • g. la implicación de que el consumidor cometido ningún delito o la conducta de otros para vergüenza de los consumidores.
    • h. Communicatingor amenaza para comunicar a toda la información de crédito la persona que se sabe o que se sabe falsa, incluyendo la falta de comunicación que se disputa una deuda en disputa.
    • i. El uso o distribución de cualquier comunicación escrita que simula o se haya presentado falsamente como un documento autorizado, expedido o autorizado por un tribunal, un oficial o agencia de los Estados Unidos o que crea una impresión falsa sobre su origen, autorización o aprobación .
    • j. El uso de cualquier representación falsa o medios engañosos para cobrar o intentar cobrar una deuda o para obtener información relativa a un consumidor.
    • k. La representación falsa o implicación de que las cuentas han sido entregadas a los compradores inocentes por valor.
    • l. La representación falsa o las consecuencias de que los documentos son legales proceso
    • m. El uso de cualquier negocio, empresa o nombre de la organización que no sea el verdadero nombre de la empresa del cobrador de deudas, la empresa u organización.
    • n. La representación falsa o implicación de que un cobrador de deudas, opera y es empleado por una agencia de información tal como se define en la sección 1681 (f) de este título

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